Despido sin justa causa
Revisamos la carta de despido, calculamos la indemnización del artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo y la reclamamos por conciliación o demanda.
Derecho laboral · Bogotá
Asesoramos a trabajadores que fueron despedidos, no recibieron su liquidación o buscan su pensión, y a empresas que quieren cumplir la ley laboral y prevenir demandas. Cada caso empieza con cuentas claras: qué se debe, cuánto y por qué.
¿Te identificas?
La mayoría de los derechos laborales prescriben en tres años desde que se hicieron exigibles (artículo 488 del Código Sustantivo del Trabajo). Un despido mal hecho, una liquidación incompleta o una pensión negada se pueden reclamar, pero no indefinidamente.
Para las empresas el reto es otro: mantener contratos, reglamentos y procedimientos al día. Desde julio de 2026 la jornada máxima es de 42 horas semanales (Ley 2101 de 2021), y la reforma laboral de 2025 (Ley 2466 de 2025) cambió reglas sobre contratos, jornada y recargos. Nuestra área laboral cuenta con la Dra. Norma Erica Poloche Correa, abogada en derecho civil y laboral.
REVISAR: confirmar el alcance de los cambios de la Ley 2466 de 2025 que se mencionan (contratos, jornada y recargos)Servicios
Representamos a trabajadores y asesoramos a empleadores, pero nunca a las dos partes de un mismo conflicto.
Revisamos la carta de despido, calculamos la indemnización del artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo y la reclamamos por conciliación o demanda.
Cesantías, intereses, prima, vacaciones y salarios pendientes. Si el empleador no paga al terminar el contrato, puede deber además la indemnización moratoria del artículo 65.
Protección de trabajadores con problemas de salud, mujeres en embarazo o lactancia y prepensionados. Pedimos el reintegro por tutela o por demanda ordinaria.
Reclamaciones de pensión de vejez, invalidez y sobrevivientes ante Colpensiones o fondos privados, revisión de la historia laboral y demanda cuando la niegan.
Te orientamos según la Ley 1010 de 2006: cómo documentar las conductas, la queja ante el comité de convivencia o el inspector del trabajo y las acciones judiciales.
Calificación de la pérdida de capacidad laboral, prestaciones a cargo de la ARL y reclamación de perjuicios cuando hubo culpa del empleador.
Para empresas: contratos de trabajo según cada cargo, otrosíes, reglamento interno de trabajo y políticas internas ajustadas a la ley vigente.
Diseño y revisión del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo y del reglamento de higiene y seguridad industrial, obligatorios para los empleadores.
Acompañamiento continuo en despidos, procesos disciplinarios, conciliaciones e inspecciones del Ministerio del Trabajo, para prevenir demandas.
Cómo trabajamos
Contrato, desprendibles de nómina, carta de despido e historia laboral. Si eres empresa, tus contratos, reglamentos y procedimientos.
Calculamos lo que se debe o el riesgo que asume la empresa, y te lo mostramos por escrito antes de actuar.
Presentamos la reclamación escrita y buscamos un acuerdo ante el inspector del trabajo o un centro de conciliación.
Si no hay acuerdo, llevamos el proceso ordinario ante el juez laboral, en primera y segunda instancia, o defendemos a la empresa demandada.
Honorarios claros
La tabla de Conalbos distingue si representamos al trabajador o al empleador. Al trabajador se le aplica normalmente un porcentaje de lo que obtiene; a la empresa, valores fijos.
Ejemplo: si en un proceso ordinario obtienes $20.000.000, la referencia del 30 % es $6.000.000. Si el caso se concilia, la referencia es el 15 % de lo conciliado: $3.000.000 sobre la misma suma.
| Actuación | Referencia 2026 |
|---|---|
| Consulta verbal | 0,3 SMMLV ($525.272) |
| Proceso ordinario, trabajador | 30 % de lo obtenido hasta la segunda instancia |
| Proceso ordinario, empleador | 3 SMMLV ($5.252.715) en primera instancia y 2 SMMLV ($3.501.810) en segunda |
| Conciliación | Trabajador: 15 % de lo conciliado · Empleador: 2 SMMLV ($3.501.810) |
| Liquidación de prestaciones | Entre 0,5 SMMLV ($875.453) a petición del trabajador y 1 SMMLV ($1.750.905) a petición del empleador |
| Contrato de trabajo | 1 SMMLV ($1.750.905) |
| Reglamento interno o de higiene y seguridad | 3 SMMLV ($5.252.715) cada uno |
| Asesoría permanente a empresas | 2 SMMLV ($3.501.810) |
| Gestión de pensión ante fondos | 30 % de las mesadas reconocidas |
Valores de referencia según la tabla de honorarios de Conalbos con el salario mínimo de 2026 ($1.750.905). No son obligatorios: el honorario se pacta por escrito según tu caso. No incluyen gastos notariales, de registro, judiciales ni impuestos.
Depende del contrato. En uno a término fijo, los salarios del tiempo que faltaba para terminarlo. En uno a término indefinido, si ganas menos de 10 salarios mínimos, 30 días de salario por el primer año y 20 por cada año adicional; si ganas 10 o más, 20 y 15 días (artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo).
REVISAR: confirmar que la Ley 2466 de 2025 no modificó los montos de la indemnización del art. 64 CSTPor regla general, tres años desde que cada derecho se hizo exigible. Un reclamo escrito al empleador interrumpe la prescripción por una sola vez, y el plazo vuelve a contarse desde ese reclamo.
Para despedir a una trabajadora en embarazo o en licencia de maternidad, o a un trabajador cuya condición de salud limita su trabajo, el empleador necesita autorización del inspector del trabajo. Si la omite, el despido puede declararse ineficaz y ordenarse el reintegro con el pago de los salarios dejados de recibir.
No es obligatorio, pero sí recomendable. Lo que se concilia queda con efecto de cosa juzgada: no podrás reclamarlo después. Antes de firmar revisamos que el acuerdo incluya todo lo que te deben.
Además de las prestaciones, el empleador que no paga salarios y prestaciones al terminar el contrato puede deber una indemnización moratoria (artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo). Puedes citarlo a conciliación ante el inspector del trabajo o demandar ante el juez laboral.
Conviene tener contratos de trabajo por escrito. Además, es obligatorio afiliar a los trabajadores a la seguridad social, implementar el SG-SST y, cuando la ley lo exige según el número de trabajadores, tener reglamento interno de trabajo. Revisarlos a tiempo cuesta menos que defender una demanda.
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